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La Constitución Política del Perú

Grandes Abogados en la Historia Randes Domicio Ulpiano

martes, 18 de diciembre de 20120 comentarios

Reconocido en su labor, se dedicó a lograr la más completa y minuciosa recopilación del derecho vigente en su época. De sus escritos se ha dicho que tenían un estilo claro y sencillo, lo que le permitió convertirse en los siglos posteriores en el más popular de los juristas.


La época del nacimiento de Ulpiano es desconocida, aunque suele situarse en torno al año 170, en Fenicia. El periodo de su actividad literaria la desarrolló entre 211 y 222, particularmente durante el gobierno del emperador Caracalla (211-217).

Durante el reinado de Caracalla fue magister liberorum, puesto que mantuvo cuando Heliogábalo ascendió al trono de Roma. Pero se vio obligado a abandonar Roma cuando el emperador, ante quien había caído en desgracia, le condenó al exilio. Regresó en el 222 d.C. a Roma e inmediatamente pasó a ser miembro delconsilium de Alejandro Severo, de quien había sido maestro durante su infancia. Su talento y condiciones personales llamaron la atención del emperador, quien le nombró perfecto de la anona y perfecto del pretorio, cargo este último reservado a los miembros del orden ecuestre. Este puesto tenía, junto al mando militar, las funciones de asesor jurídico del emperador y las labores de instancia suprema del sistema jurídico romano.



Murió en el 228 a manos de los pretorianos, con los que había tenido duros enfrentamientos, y quienes le degollaron en presencia del propio emperador. Uno de sus discípulos, Herenio Modestiano, se convirtió en el jurista más destacado de la siguiente generación.

Su producción, muy abundante, abarcó todas las ramas del Derecho romano. Se le consideró autor de 287 libros, lo que le convirtió en el jurista más prolífico de su época. Entre sus obras destacaron los Libri LXXXI ad edictum praetoris y Libri II ad edictum aedilium curulium, en los que comentaba los contenidos de los edictos de los pretores y de los ediles. En ellos siguió con bastante rigor el orden de los edictos. Especial fama alcanzó su De officio proconsulis, una especie de guía para los gobernadores de provincias, que fue muy seguida en su tiempo y posteriormente, como refleja la mención a este escrito que figuraba en una inscripción de Éfeso del siglo IV.

Realizó una obra incompleta que tenía el título de Libri LI ad Masurium Sabinum, y escribió numerosas monografías dedicadas a los officia elaborados por los magistrados imperiales. También fueron fundamentales los Libri VII regularum, los Libri II Institutionum y Libri VII Regulae. De toda esta producción solo se conservan algunos fragmentos de Las Institutiones y el Liber singularis. El resto de sus obras conocidas nos han llegado en los fragmento que quedaron reflejados en el Digesto.

Sus obras, poco originales aunque muy profundas, tuvieron un gran éxito entre los juristas contemporáneos y posteriores. En ellas citaba a muchos de los juristas precedentes y copió literalmente textos de leyes y senadocunsultos. Hizo grandes comentarios enciclopédicos de las obras de autores anteriores, y sobre todo del Edicto. Trataba de coleccionar y organizar todo el material existente de la época clásica. Su intención era conseguir hacer comprensible todo el ordenamiento jurídico en su conjunto. Toda su obra estaba revestida de un enorme sentido práctico. Ulpiano llamó la atención de sus colegas por el perfecto dominio de todas las materias que aparecían en sus escritos. Al centrarse en la labor compiladora sus escritos no aportaron nada a al evolución del derecho romano; en sus escritos se deshacía en continuos elogios hacia los juristas que le precedieron en su oficio.

Fue incluido, junto a Gayo, Paulo, Modestino y Papiniano, en la ley de citas de 426, que regulaba la recitatio de las obras de los juristas ante los tribunales (es decir, qué juristas podían ser invocados y los criterios para la decisión del juez ante opiniones diversas de éstos).

Su actividad expositiva del derecho le permitió obtener el mayor premio para un jurista romano: ser el más utilizado en la compilación de Justiniano (una tercera parte proviene de sus obras), convirtiéndolo en uno de los principales informantes del derecho romano.
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